Abogado Aviles

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MI EX VIVE EN CASA DE MI OTRA EX

     En
algunas ocasiones las consecuencias de un divorcio se pueden extender a un
segundo matrimonio y se dan situaciones curiosas.


Es
el caso de un señor casado en régimen de gananciales y posteriormente
divorciado.
 El señor es propietario junto con su ex mujer de una vivienda
ganancial en la que vive él. Posteriormente, el señor se casa de nuevo, tiene
hijos con su segunda esposa y nuevamente se divorcia.


Como
la vivienda es el domicilio familiar, a pesar de que los hijos del matrimonio
ya son mayores de edad en el momento del divorcio se le concede a su segunda ex
esposa el uso de la vivienda de forma temporal, hasta que el señor liquide el
régimen de gananciales con su primera esposa.


El
señor no recurre la sentencia, pero solo tres meses después de recibirla
presenta una demanda de modificación de medidas para extinguir el uso de la
vivienda de su segunda ex mujer alegando que no puede llegar a un acuerdo para
la liquidación de gananciales con su primera ex mujer porque no tienen dinero
para compensarse, por lo que la única solución que tienen es vender la vivienda
a un tercero.


El
primer requisito para que se pueda estimar una demanda de modificación de
medidas es que hayan cambiado sustancialmente las circunstancias tenidas en
cuenta en la sentencia anterior (recordemos que solo habían transcurrido tres
meses desde la sentencia).


El
juzgado desestima la demanda porque ha pasado muy poco tiempo desde que se
dictó la sentencia anterior, que el señor ni siquiera recurrió.


El
señor considera que a pesar del poco tiempo transcurrido sí han cambiado las
circunstancias porque no ha sido posible alcanzar un acuerdo con su ex esposa
por falta de dinero, por lo que la falta de numerario supondría que nunca
podrían liquidar la sociedad de gananciales y, por tanto, la segunda ex esposa
podría usar de forma indefinida la vivienda.


La
Audiencia Provincial de Valencia (sentencia de 18 de septiembre de 2.019) estima
el recurso y extingue la atribución del uso de la vivienda de la segunda ex
esposa, por entender que sí han cambiado las circunstancias a pesar del poco
tiempo transcurrido desde la sentencia anterior, de forma que la vivienda debe
quedar libre para que pueda ser puesta en venta.